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Lista de importados excluidos de la unificacion del ICMS es divulgada

Mercancías como productos minerales, plásticos y caucho representan aproximadamente el 18% del valor de las importaciones de enero a octubre de este año.
La Cámara de Comercio Exterior (Camex) ha definido este miércoles la lista de productos importados sin producción nacional que estarán exentos de la unificación del impuesto sobre el valor añadido (IVA) del 4% en operaciones interestatales con productos importados. Esta lista es una de las medidas de regulación de la Resolución nº 13, aprobada por el Senado, que establece una tasa única de IVA del 4% con el objetivo de poner fin a la guerra fiscal de los puertos.
La lista, publicada en el Diario Oficial de la Unión a través de una resolución de la Camex, entrará en vigor en enero de 2013. Los productos que están excluidos del impuesto del 4% corresponden aproximadamente al 18% del valor de las importaciones brasileñas de enero a octubre de este año, según informó el Ministerio de Desarrollo, Industria y Comercio Exterior (MDIC).
Para elaborar esta lista, la Camex ha optado por incluir productos que tienen una Tarifa Externa Común (TEC – impuesto a la importación cobrado por el Mercosur en las importaciones de países fuera del bloque) con una tasa del 2% o del 0%. Según el MDIC, se trata de mercancías “con una clara ventaja competitiva, una gran protección natural o sin producción nacional”. La lista incluye productos minerales, plásticos, caucho, materiales textiles, maquinaria y piezas, material de transporte, productos químicos e instrumentos y aparatos ópticos, fotográficos y médico-quirúrgicos, entre otros.
También se incluyen en la lista los llamados “Ex-tarifarios”, que son bienes de capital, informática o telecomunicaciones sin producción nacional, con una reducción temporal del impuesto a la importación para fomentar las inversiones. También se han incluido en la lista algunas piezas y partes de automóviles sin equivalente nacional. Además, se excluyen del impuesto único del 4% de IVA los bienes importados sujetos a un procedimiento específico de examen de similitud realizado por la Secretaría de Comercio Exterior (Secex) del MDIC. Se trata de casos en los que se importan bienes usados o están sujetos a regímenes especiales de tributación, como el Régimen Tributario para el Fomento de la Modernización y Ampliación de la Infraestructura Portuaria (Reporto).

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